De acuerdo a nuestros estatutos sociales, pueden ser socios pensionados y/o montepiadas de la rama de Carabineros, Investigaciones y Gendarmería .
El ahorro metódico mensual que es pactado cuando su incorporación es aprobada por el HCA, y accediendo a un crédito, pagar las cuotas mensuales pactadas en la modalidad de pago que se haya acordado. Asistir a las citaciones que la Cooperativa realiza.
Acceder a los créditos, beneficios y convenios que Cooperlacar Limitada tiene vigente para sus asociados. A participar a las Asambleas de Socios que son citadas por correo y avisos en diarios de circulación nacional. Participar de las actividades que la Cooperativa realiza para sus asociados.
Cumplir con los requisitos de ser socio de la Cooperativa, ahorro metódico
mensual y
la entrega de antecedentes de acuerdo a la naturaleza del crédito
solicitado.
Presentarse en cualquier sucursal a lo largo del país con:
Créditos de consumo para los fines que el socio requiera sin límites mínimos o máximos. Los montos varían de acuerdo a capacidad de pago del solicitante.
Sí, siempre que el crédito más antiguo esté pagado en un 50%.-
Por un Consejo de Administración, compuesto por socios elegidos por votación en las Asambleas. A la fecha son 5 personas, que delegan en el Gerente las funciones de administración general. Por unidades operativas, compuestas por profesionales y personal administrativo de apoyo (Informática, Operaciones, Contabilidad y Jurídico).
El máximo organismo decisional y representativo es la Asamblea de Socios. La parte operativa de los acuerdos que se toman en las Asambleas las lleva a efecto el Consejo de Administración. La Junta de Vigilancia, que es un grupo de personas autónomas que posee atribuciones para efectuar revisiones contables y de procedimiento. Gerencia, designada por el Consejo de Administración, quién se encarga de organizar y dirigir la administración de la cooperativa, además de ejecutar los acuerdos de la Junta General y del Consejo de Administración. Comité de Crédito, al cual le corresponde controlar que la cartera de créditos de la cooperativa cumpla con las políticas, reglamentos, manuales y normas; aprobadas por el Consejo de Administración, en su parte ejecutiva diaria está representado por la Comisión Evaluadora. Auditores Externos, quiénes se encargan de auditar anualmente los Estados Financieros de cada periodo contable, que se presentan en las Asambleas Generales Anuales.
Fiscalización y Supervisión de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras y del Departamento de Cooperativas, dependiente del Ministerio de Economía.
Porque usted es dueño de sus cuotas de participación, por tanto de un porcentaje de la Cooperativa y en base al principio de ayuda mutua, usted accede a créditos que en la banca privada no se entregan, o haciéndolo sus intereses y garantías ponen en riesgo sus bienes.
En nuestros Estatutos Sociales Art. 14, se contempla que en el caso de fallecimiento del socio/a, sus herederos pueden posterior a la presentación de la Posesión Efectiva correspondiente, solicitar al HCA la devolución de los ahorros existentes en la Cooperativa.
Carta de renuncia en formato de página web, indicando las razones por las cuales se desvincula de la Cooperativa. El HCA aprobando su renuncia, informa por oficio la fecha y monto en que se paga el derecho a reembolso.
El derecho que tiene toda persona que fuera asociada de Cooperlacar Limitada a
retirar el monto de sus ahorros. Es posterior
a la renuncia a su calidad de socio/a.
Por oficio interno se informa a la persona renunciada el monto y fecha de
pago.
Sí, pero es una situación excepcional por causas fundadas (enfermedades, catástrofes, imprevistos) y se accede a un % de los ahorros aprobada esta situación por el HCA. Se realiza por única vez.
No, lo correcto es testar la participación societaria que se tiene en la Cooperativa.
Sí, pueden transferirse a otra persona o trasmitirse por causa de muerte a los herederos, quienes deberán realizar la posesión efectiva para acceder a los ahorros del titular.
Solicitar la incorporación a la Cooperativa y cumplir los requisitos de acceso correspondientes (ahorro metódico y cuota de incorporación).
Por certificado de Cuotas de Participación que cada año la Cooperativa envía por correo a su domicilio junto a la citación a Asamblea General de Socios.
Las Cooperativas de Ahorro y Crédito forman su capital accionario por los aportes mensuales pactados de sus asociados (ahorro metódico) y el capital que se incrementa con los intereses de los créditos entregados.
Los aportes de los asociados se utilizan en la entrega de créditos de diversa naturaleza bajo el concepto de “ayuda mutua”.